El Plan FICOH está destinado a la modernización del pequeño comercio madrileño y la hostelería.
Entre las principales líneas de actuación se encuentran las ayudas a Pymes comerciales y de hostelería para la modernización de sus establecimientos cuyo presupuesto para 2008 asciende a 14,3 mill / €
El programa presentado incluye ayudas económicas a Pymes de los sectores comercio, servicios y hostelería tales como adquisición de equipamiento informático y tecnológico, equipamiento comercial y bienes muebles especializados, equipamiento específico para la seguridad de los establecimientos, y la realización de obras o reformas integrales del punto de venta.
Las Pymes que pueden acogerse a estas subvenciones son aquellas que:
- Tengan rendimientos anuales por actividad comercial inferiores a 50.000.000€
- Tengan menos de 250 trabajadores
- No estén participadas por empresas que no cumplan estos requisitos
Entre los requisitos exigidos para obtener la subvención están los siguientes:
- Que la inversión se localice en establecimientos ubicados en Mercados y Galerías, Áreas Comerciales y Centros Comerciales de la Comunidad de Madrid.
- Que el establecimiento desarrolle su actividad dentro de los siguientes sectores: comercio minorista de alimentación, textil, muebles y decoración, calzado y complementos, ferreterías, perfumerías, prensa, aparatos electrónicos y de uso doméstico, ópticas, librerías y papelerías, deportes, herbolarios y otros.
- Cuando el importe del gasto supere los 30.000 € en ejecuciones de obra, o los 12.000 € en suministro de bienes de equipo o prestación de servicios de consultoría o asistencia técnica, el beneficiario deberá presentar al menos 3 ofertas de diferentes proveedores.
- La inversión mínima deberá alcanzar la cifra de 15.000 €
La cuantía de las ayudas tendrá una subvención máxima de hasta el 40% del presupuesto aceptado y en inversiones en equipamiento de seguridad el límite máximo se elevará al 70% del presupuesto aceptado. En todo caso, la cuantía máxima de la ayuda será de 30.000 € por beneficiario.
El plazo para presentar las solicitudes es de 2 meses a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria ( Orden 3756/2007 publicada el 24 de enero de 2008 en el boletín nº 20 del BOCM)
El periodo subvencionable comprenderá las actividades que se desarrollen entre el 1 de octubre de 2007 al 30 de septiembre de 2008.
En la web www.madrid.org podrán encontrar más información.
Fuente: Consejería de Economía y Consumo